martes, 4 de octubre de 2011

 REGLAS PARA LA CREACION DE LA INFORMACION ELECTRONICA
GESTION DE LA INFORMACION ELECTRONICA




*     Cuando se crea una información electrónica es necesario respetar ciertas reglas que facilitan las etapas posteriores de su ciclo de vida.

*     A la hora de crear información electrónica, deben aplicarse las siguientes reglas: CADA DOCUMENTO O BASE DE DATOS DEBE DE ESTAR CLARAMENTE  IDENTIFICADO  POR EL ORGANISMO RESPONSABLE  DE  LA GESTION INFORMACION ELECTRONICA.

*     Toda la información electrónica debe incluir una información contextual  que debe ser medida por el responsable de la gestión de la información electrónica en cada etapa de su ciclo de vida.

*     Debe articularse un procedimiento para tratar la información electrónica de procedencia dudosa.

*     No debe efectuarse ninguna destrucción o modificación de datos sin el procedimiento previo de aprobación.




           REGISTRO: esta tarea implica 1 apuesta retro astrictiva de la información electrónica existente.


             DESIGNACION: cuando hay varios organismos o servicios involucrados, la información  electrónica  debe adscribirse al organismo o servicio indicado  e identificar un gestor de información electrónica.



      SEGUIMIENTO : esta tarea consiste en coordinar  las diferentes bases de tratamiento, decepción de la información.
 

      CLASIFICACION: se trata de facilitar  la búsqueda de una información particular y un soporte electrónico.




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