REGLAS PARA LA CREACION DE LA INFORMACION ELECTRONICA | GESTION DE LA INFORMACION ELECTRONICA |
Cuando se crea una información electrónica es necesario respetar ciertas reglas que facilitan las etapas posteriores de su ciclo de vida. A la hora de crear información electrónica, deben aplicarse las siguientes reglas: CADA DOCUMENTO O BASE DE DATOS DEBE DE ESTAR CLARAMENTE IDENTIFICADO POR EL ORGANISMO RESPONSABLE DE LA GESTION INFORMACION ELECTRONICA. Toda la información electrónica debe incluir una información contextual que debe ser medida por el responsable de la gestión de la información electrónica en cada etapa de su ciclo de vida. Debe articularse un procedimiento para tratar la información electrónica de procedencia dudosa. No debe efectuarse ninguna destrucción o modificación de datos sin el procedimiento previo de aprobación. | REGISTRO: esta tarea implica 1 apuesta retro astrictiva de la información electrónica existente. DESIGNACION: cuando hay varios organismos o servicios involucrados, la información electrónica debe adscribirse al organismo o servicio indicado e identificar un gestor de información electrónica. SEGUIMIENTO : esta tarea consiste en coordinar las diferentes bases de tratamiento, decepción de la información. CLASIFICACION: se trata de facilitar la búsqueda de una información particular y un soporte electrónico. |
martes, 4 de octubre de 2011
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